Preguntas frecuentes sobre el nuevo visado de trabajo para los marineros

Dec 27, 2022

Se ha introducido un nuevo visado de trabajo para marineros a la Ley de Inmigración italiana. Este tipo de visado no requiere que los solicitantes (marineros) soliciten previamente un permiso de trabajo.

En este artículo responderemos a las preguntas más frecuentes sobre el nuevo visado de trabajo italiano para marineros.

Por lo general, para solicitar un visado de trabajo italiano, los solicitantes deben obtener previamente un permiso de trabajo pertinente a su caso. Sin embargo, con este nuevo visado de trabajo para marineros, este paso se ha eliminado, de modo que los solicitantes puedan solicitar directamente el visado de trabajo.

1. ¿Qué tipo de visado es el nuevo visado para marineros?

Se trata de un visado de trabajo con entradas múltiples durante 365 días.

2. ¿Puedo solicitar el visado italiano para marineros aunque el país de registro del barco no sea Italia?

Sí, este visado puede solicitarse incluso en el caso de barcos con matrícula de países terceros (es decir de países fuera de la Unión Europea), siempre que tal barco estén atracados en Italia.

3. Trabajo para una empresa que no es italiana, ¿puedo solicitar este visado?

Sí, los marineros que trabajen para una empresa italiana o extracomunitaria pueden solicitar este tipo de visado.

4. ¿Tengo que solicitar un permiso de residencia (permesso di soggiorno) mientras trabajo en el barco?

No, no se necesita permiso de residencia. Sin embargo, en el caso de que se desembarca en Italia, hay que solicitar un permiso de residencia en un plazo de 8 días.

5. ¿Puedo obtener el visado sin salir de Italia?

No, el visado debe ser solicitado y expedido por un consulado italiano, los cuales se encuentran fuera de Italia.

6. ¿Tengo que viajar a mi país de origen para solicitar el visado?

No, puede presentar la solicitud en cualquier consulado italiano, independientemente del país de residencia.

7. ¿Qué documentos necesito para presentar la solicitud?

Los documentos necesarios son:

– Una solicitud formal de la empresa naviera

– Contrato de trabajo

– si el marinero no es empleado de la empresa naviera, deberá presentarse un contrato de servicios

– Certificado de registro del barco

– Una carta oficial firmada por el Capitán de Puerto italiano (Capitaneria di Porto)

*Tenga en cuenta que el Consulado puede solicitar documentos adicionales a su discreción.


Gracias a nuestros servicios Multilingues con asociados nativos en inglés, italiano, japonés, chino, español y portugués que sirven de punto de contacto, ofrecemos una amplia red de abogados especializados en derecho empresarial, inmigración y derecho de ciudadanía italiana.

  • Contáctenos

    Para solicitar una evaluación inicial(ya sea mediante email o una llamada) con uno de nuestros consultores, envíenos sus datos de contacto y nos comunicaremos con usted dentro de las próximas 24 horas (laborales).

    rellena el formulario →
  • MAZZESCHI S.r.l. - C.F e P.IVA 01200160529 - Cap.Soc. 10.000 € I.V. - Reg. Imp. Siena 01200160529 - REA SI-128403 - Privacy Notice - Cookies Policy
    Copyright © 2019 by Mazzeschi - Web Designer Alessio Piazzini Creazione siti web Firenze